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10-05-2005
Al cumplirse el primer año de la puesta en marcha de la nueva Ley de Arbitraje en España, la ACAM prevee que el Arbitraje tendrá en el futuro la misma aceptación en la sociedad española que los juicios rápidos. ACAM (Asociación Comunitaria de Arbitraje y Mediación) 04/04/2005 El 26 de marzo se cumplió el primer año de la puesta en marcha de la nueva Ley de Arbitraje en nuestro país. Desde ACAM, Asociación Comunitaria de Arbitraje y Mediación, su director ejecutivo Ignacio de Górgolas es consciente que la nueva Ley es buena, conveniente y de fácil aplicación. “Estamos convencidos que con el apoyo de los poderes públicos el arbitraje como sistema de resolución de conflictos tendrá un crecimiento exponencial notable y tanta aceptación como los juicios rápidos. Es más, creemos que el arbitraje sectorial, aquel ideado para un colectivo empresarial determinado, gestionado desde fuera por una determinada Corte Arbitral puede ser uno de los modelos a seguir a corto plazo.”
Desde esta entidad, los avances de la nueva Ley de Arbitraje consisten en la eliminación de la burocracia administrativa del procedimiento arbitral. El nuevo texto legislativo suprime la obligatoriedad de la protocolización del laudo protocolización con el consiguiente ahorro de costes y tiempo. Antes, el arbitro firmaba delante del notario y recogía luego el citado laudo. Otro avance está en la posibilidad de ejercer del árbitro aplicar medidas cautelares en el procedimiento arbitral lo que supone que se puedan garantizar aún mas la ejecutividad del laudo. Un árbitro con la ayuda del juez puede embargar preventivamente un activo mientras se delibera sobre el procedimiento arbitral. En caso se dé la razón al demandante ejecutar el citado embargo. Por último, la nueva Ley ofrece mayor seguridad jurídica al regular el funcionamiento de las Cortes Arbitrales, antes no muy claro. Esto ha hecho que diferentes cortes arbitrales hayan desaparecido, en este nuevo marco jurídico.
Para el director ejecutivo de ACAM, es fundamental en el desarrollo de la llamada justicia alternativa que el empresario perciba que el arbitraje no es privativo de grandes empresas y desembolsos económicos notables. “Todo lo contrario, por rapidez y ahorro de costes- señala Górgolas -, puede garantizar la supervivencia de muchas empresas que, metidas en litigios interminables, podrían tener dificultades económicas. Con la nueva Ley de Arbitraje se simplifican muchos los trámites para la puesta en marcha, desarrollo y ejecución del proceso arbitral". |